¿Eres matrona titulada en España o en otro país de la Unión Europea y quieres ejercer en Francia? Buena noticia: si tu título cumple las reglas europeas de formación, se reconoce automáticamente, sin examen ni período de compensación. Te queda un trámite: inscribirte en el Ordre des sages-femmes (el colegio profesional francés de matronas), obligatorio para ejercer. Esta guía te explica, paso a paso, qué pedir en tu país, adónde enviar tu expediente y cuánto esperar.
Matrona titulada en la UE: un reconocimiento automático
En Francia, la de matrona (sage-femme) es una profesión médica, como la de médico. La directiva 2005/36/CE prevé el reconocimiento automático de los títulos de matrona que respetan sus reglas mínimas de formación (artículo 21 y anexo V, punto 5.5.2). En la práctica, el Ordre no vuelve a examinar el contenido de tu formación: comprueba que tu título y los certificados que lo acompañan son conformes.
¿Tu título no cumple estas condiciones pero te permite ejercer en España? Existe otra vía: la autorización del Centre national de gestion (CNG), tras el dictamen de una comisión, con una posible medida compensatoria (artículo L4151-5-1 del Código de Salud Pública francés). Esta guía describe la vía automática.
¿Quién hace qué? El Ordre des sages-femmes, no la ARS ni la DREETS
Tu interlocutor es el Ordre des sages-femmes, el organismo que lleva la lista oficial (el «tableau») de las matronas autorizadas a ejercer en Francia. Es su consejo departamental, en el departamento donde quieres ejercer, quien decide tu inscripción. Ni la ARS (agencia regional de salud) ni la DREETS (el servicio regional del Estado) tramitan tu solicitud, y el trámite en línea que ofrecen algunas DREETS no se aplica a las matronas.
¿Quieres saber si tu expediente está completo antes de enviarlo? Suxens te ayuda a reunir y revisar tus documentos. Únete a la lista de espera →
La inscripción en el Ordre: el procedimiento paso a paso
Paso 1 — Pide tus certificados en España
Dirígete a la autoridad competente española y pide los certificados que acompañan tu título. Si tu título figura en la lista oficial, siempre hacen falta dos: el certificado del tipo de formación que seguiste (A) y el que acredita que tu formación cumple las reglas europeas (B); el Ordre llama a este último «attestation de conformité». Según tu trayectoria se añaden otros: por ejemplo, si te hiciste matrona después de un título de enfermería, un certificado sobre ese título (F). La tabla de documentos, más abajo, los detalla; la lista oficial está en la orden (arrêté) del 13 de febrero de 2007.
Paso 2 — Prepara tu expediente
Reúne los documentos de la tabla. Si tu título no está en francés, hazlo traducir por un traductor autorizado ante los tribunales franceses o habilitado en un país de la UE o del EEE; el Ordre pide además una traducción certificada de los demás documentos que no estén en francés. Añade los documentos que el Ordre pide además de los que exige la ley (aparecen debajo de la tabla): su página indica que ningún expediente se estudiará en cuanto al fondo sin todos los documentos pedidos.
Paso 3 — Confirma la dirección y envía tu expediente
Antes de enviar nada, escribe al Ordre (supportinscr@ordre-sages-femmes.fr) para que te confirme la dirección. Circulan dos: el Código de Salud Pública prevé dirigir la solicitud al consejo departamental del departamento donde quieres ejercer, mientras que la página del Ordre pide enviar primero el expediente al consejo nacional del Ordre, en París, que lo transmite después al consejo departamental (ver el recuadro «Lo que dicen los textos» más abajo). Envía después tu expediente por carta certificada con acuse de recibo y guarda el justificante del envío.
La página del Ordre no ofrece presentación en línea: el expediente se envía por correo (el Código de Salud Pública también permite entregarlo en mano). Solo el CV se rellena en línea, en la web del Ordre.
Paso 4 — Vigila el acuse de recibo (1 mes)
En el mes siguiente a la presentación, recibes un acuse de recibo. Si faltan documentos, te lo indica: completa tu expediente cuanto antes. Guarda este documento: el plazo de decisión solo empieza a contar cuando tu expediente está completo.
Paso 5 — Espera la decisión (3 meses como máximo)
El consejo departamental resuelve en los 3 meses siguientes a la recepción de tu expediente completo. Este plazo solo puede ampliarse, 2 meses como máximo, si se ordena un peritaje, nunca para comprobar tus títulos. Antes de cualquier denegación, se te invita a comparecer ante el consejo. La decisión se te envía por carta certificada.
Paso 6 — Una vez inscrita, puedes ejercer
La inscripción en el tableau del Ordre te permite ejercer como matrona en Francia. Sin ella, no puedes ejercer.
Lo que dicen los textos. Según el artículo R4112-1 del Código de Salud Pública, la solicitud de inscripción se entrega en mano, o se envía por carta certificada con acuse de recibo, al presidente del consejo departamental del Ordre del departamento donde quieres ejercer. La página del Ordre des sages-femmes para las tituladas de la UE pide, en cambio, enviar primero el expediente completo por correo certificado al consejo nacional del Ordre (168, rue de Grenelle, 75007 París), que lo transmite después al consejo departamental. No hemos encontrado ningún texto que zanje la cuestión: haz que el Ordre te confirme la dirección antes del envío. El plazo de 3 meses lo fija el artículo L4112-3; su posible ampliación de 2 meses en caso de peritaje, el artículo R4112-2.
Los documentos del expediente
El contenido del expediente lo fijan el artículo R4112-1 del Código de Salud Pública y la orden del 13 de febrero de 2007:
| Documento | Cuándo aportarlo | Qué es y quién lo expide |
|---|---|---|
| Documento de identidad | Siempre | Fotocopia de un documento de identidad en vigor. |
| Certificado de nacionalidad | Si procede | Documento oficial que acredita tu nacionalidad. El texto lo prevé «si procede» sin decir en qué casos. |
| Copia de tu título de matrona | Siempre | Si no está en francés, añade una traducción hecha por un traductor autorizado ante los tribunales franceses o habilitado en un país de la UE o del EEE. |
| Certificado del tipo de formación (A) | Siempre, si tu título figura en la lista anexa a la orden del 13 de febrero de 2007 | Indica cuál de los 4 tipos de formación que prevé la orden del 13 de febrero de 2007 (en francés) has seguido. Lo expide la autoridad competente de tu país. |
| Certificado de las condiciones de formación (B) | Siempre, si tu título figura en la lista anexa a la orden del 13 de febrero de 2007 | Acredita que tu formación cumple todas las condiciones de las normas europeas. El Ordre lo llama «certificado de conformidad». |
| Certificados complementarios (C, D, E o F) | Según tu tipo de formación | C: título de acceso a la enseñanza superior (tipo 1). D: 2 años de práctica tras el título (tipo 2). E: 1 año de práctica (tipo 4). F: título de enfermero obtenido antes de tu formación de matrona (tipos 3 y 4). |
| Certificados para un título que no está en la lista, antiguo o no conforme | Si tu título no figura en la lista, o si tu formación empezó antes de las fechas fijadas para tu país sin cumplir las normas europeas | Según el caso: certificado de conformidad y del tipo de formación (título conforme que no está en la lista), o certificados de ejercicio efectivo (formaciones antiguas o no conformes, títulos de la antigua Checoslovaquia, de la antigua URSS o de la antigua Yugoslavia) (artículo L4151-5, en francés). |
| Copia de la autorización del CNG | Solo si tu título no cumple las condiciones de reconocimiento y antes obtuviste esa autorización | Autorización de ejercicio que concede el Centre national de gestion tras el dictamen de una comisión. |
| Certificado de antecedentes penales | Siempre si no tienes la nacionalidad francesa; con menos de 3 meses | Lo expide la autoridad competente de tu país de origen o del país del que procedes. Puede sustituirse por un certificado de buena conducta de menos de 3 meses si tu país lo exige para ejercer. |
| Declaración responsable | Siempre | Un texto que redactas y firmas: declaras que no tienes abierto ningún procedimiento que pueda acabar en una condena o una sanción con consecuencias para tu inscripción. El Ordre ofrece un modelo (PDF, en francés). |
| Certificado de baja | Siempre (uno de los tres documentos que se describen aquí) | Si has estado colegiado o inscrito en un registro profesional: certificado de baja de ese organismo. Si nunca lo has estado: una declaración responsable que lo diga. En su defecto: certificado de inscripción en un país de la UE o del EEE. El Ordre ofrece un modelo (PDF, en francés). |
| Justificantes de francés | Siempre | Cualquier documento que demuestre un conocimiento suficiente del francés (el texto dice «todos los elementos»). La ley no fija ningún nivel. |
| Currículum | Siempre | Currículum vítae; el Ordre pide rellenarlo en línea, en francés. |
Documentos fijados por el artículo R4112-1 y la orden del 13 de febrero de 2007. El Ordre pide además otros documentos que estos textos no prevén: expedientes de notas curso por curso, un certificado de los actos realmente realizados cada año, un certificado de competencias, una ficha de información y una traducción «certificada». Para evitar que bloquee tu expediente, adjúntalos, o pregunta al Ordre qué hacer si no puedes conseguirlos.
Plazos: lo que fijan los textos
| Etapa | Plazo fijado por los textos |
|---|---|
| Acuse de recibo de la solicitud | 1 mes |
| Decisión del consejo departamental, desde el expediente completo | 3 meses |
| Ampliación, solo si se ordena un peritaje | 2 meses como máximo |
Ningún texto fija la duración total del proceso: depende sobre todo del tiempo necesario para conseguir tus certificados y tus traducciones en España. Pídelos en cuanto decidas venir.
El francés: lo que dice la ley, lo que pide el Ordre
La ley exige un «conocimiento suficiente» del francés, sin fijar un nivel: tu expediente debe incluir elementos que lo acrediten (artículo L4112-2). El Ordre des sages-femmes indica que pide un nivel B2 a las candidatas no francófonas, sin precisar ningún certificado. Adjunta tu mejor prueba y pregunta al Ordre qué justificantes acepta. En caso de duda, el presidente del consejo departamental puede escucharte.
Trabajar en Francia sin instalarte: la libre prestación de servicios
Si estás establecida y ejerces legalmente en otro país de la UE, por ejemplo en España, puedes venir a ejercer a Francia de forma temporal y ocasional sin inscribirte en el tableau, tras una declaración previa al consejo nacional del Ordre. Te responde en el plazo de un mes; sin respuesta, puedes empezar. La declaración se renueva cada año (artículo L4112-7 y artículo R4112-9-1 del Código de Salud Pública). No es una forma de instalarte en Francia, ni una solución para trabajar mientras esperas la inscripción.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pasar por la DREETS o la ARS?
No. Tu solicitud va al Ordre des sages-femmes, cuyo consejo departamental decide tu inscripción. Ni la DREETS ni la ARS tramitan este expediente, y el trámite en línea de las DREETS no se aplica a las matronas.
¿Adónde envío mi expediente?
Primero haz que el Ordre te confirme la dirección (supportinscr@ordre-sages-femmes.fr). El Código de Salud Pública prevé una solicitud al consejo departamental del departamento donde quieres ejercer; la página del Ordre pide un envío previo al consejo nacional, en París, que transmite el expediente al consejo departamental. Envíalo por carta certificada con acuse de recibo y guarda el justificante.
¿Puedo presentar el expediente en línea?
No. La página del Ordre no ofrece presentación en línea: el expediente se envía por correo. Solo el CV se rellena en línea, en la web del Ordre; el espacio personal de la web está reservado a las matronas ya inscritas.
¿Cuánto tiempo tengo que esperar?
El consejo departamental resuelve en los 3 meses siguientes a la recepción de tu expediente completo. Este plazo solo puede ampliarse 2 meses como máximo si se ordena un peritaje. Antes, cuenta el tiempo de conseguir tus certificados y traducciones en España: ningún texto lo fija.
¿Tendré que hacer un examen o unas prácticas?
No, si tu título se reconoce automáticamente: no hay prueba de aptitud ni período de prácticas de adaptación. Una medida compensatoria solo existe en la otra vía, la autorización del CNG, para un título que no cumple las condiciones europeas.
¿Qué nivel de francés me piden?
La ley exige un conocimiento suficiente del francés, sin fijar un nivel. El Ordre indica que pide un nivel B2 a las candidatas no francófonas, sin precisar ningún certificado. Adjunta tu mejor prueba y pregunta al Ordre qué justificantes acepta.
¿Puedo trabajar en Francia mientras espero la inscripción?
No. La libre prestación de servicios solo permite a una matrona establecida en otro país de la UE ejercer en Francia de forma temporal y ocasional, tras una declaración al consejo nacional del Ordre. No sirve para esperar la inscripción.
Fuentes oficiales
- Ordre des sages-femmes — Ejercer con un título europeo (en francés)
- Directiva 2005/36/CE, versión consolidada — EUR-Lex (artículo 21, anexo V, punto 5.5.2)
- Código de Salud Pública francés, artículo R4112-1 — solicitud de inscripción
- Código de Salud Pública francés, artículo L4112-3 — plazo de decisión
- Orden del 13 de febrero de 2007 — certificados de los títulos de matrona