¿Tienes un título de auxiliar de enfermería obtenido en España o en otro país de la Unión Europea y quieres trabajar en Francia como aide-soignant? Tu título no se reconoce automáticamente: necesitas una autorización de ejercicio, concedida caso por caso por el prefecto de la región donde quieres instalarte, tras el dictamen de una comisión. Con ella, trabajas en las mismas condiciones que un aide-soignant titulado en Francia. Esta guía te explica, paso a paso, dónde presentar tu expediente, qué documentos reunir y cuánto esperar.

Auxiliar de enfermería con título de la UE: sin reconocimiento automático

La directiva 2005/36/CE prevé un reconocimiento automático, basado en una formación mínima coordinada a nivel europeo, para siete profesiones: médico, enfermero responsable de cuidados generales, odontólogo, veterinario, matrona, farmacéutico y arquitecto. El oficio de aide-soignant no forma parte de ellas: tu formación se examina caso por caso. La equivalencia entre tu título español y el francés tampoco es automática: comparar las dos formaciones es justamente el trabajo de la comisión.

Según el artículo L4391-2 del Código de Salud Pública francés, puedes pedir la autorización en tres casos:

  • tu título de formación te permite ejercer legalmente este oficio en un país de la UE o del EEE que regula su acceso o su ejercicio;
  • tu país no regula ni la formación ni el oficio, y lo has ejercido al menos un año a tiempo completo (o el equivalente a tiempo parcial) en los últimos diez años;
  • tu título procede de un país de fuera de la UE, ha sido reconocido por un país de la UE o del EEE y has ejercido allí tres años a tiempo completo (o el equivalente a tiempo parcial).
¿Quieres saber si tu expediente está completo antes de enviarlo? Suxens te ayuda a reunir y revisar tus documentos. Únete a la lista de espera →

DREETS o prefecto de región: ¿quién hace qué?

No es la DREETS quien te autoriza a ejercer: es el prefecto de la región donde quieres instalarte, tras el dictamen de la comisión de aides-soignants. Para presentar tu expediente, el punto de partida práctico es la web de la DREETS de esa región (la dirección regional de economía, empleo, trabajo y solidaridad, el servicio del Estado en la región): varias DREETS explican allí cómo hacer la solicitud. El Código de Salud Pública no prevé ningún colegio profesional (Ordre) para este oficio.

La autorización de ejercicio: el procedimiento paso a paso

Paso 1 — Busca la página de la DREETS de tu futura región

Todas las DREETS aparecen en dreets.gouv.fr (en Île-de-France se llama DRIEETS). Elige la región donde quieres instalarte y busca en su web la página dedicada a los títulos europeos o a la solicitud de autorización de ejercicio: el título cambia de una región a otra. Cuando existe, te explica cómo presentar la solicitud en esa región. Las páginas están en francés: el traductor del navegador basta para orientarte (pero no para traducir los documentos de tu expediente: consulta más abajo las reglas de traducción).

Paso 2 — Prepara tu expediente

Reúne los documentos de la tabla y haz traducir los que no estén en francés. El formulario oficial figura como anexo de la orden (arrêté) del 24 de marzo de 2010, publicada en el Diario Oficial francés.

Paso 3 — Presenta tu expediente

Dos casos:

  • La página ofrece un trámite en línea (en demarche.numerique.gouv.fr): utilízalo. En las regiones cuya web hemos leído, por ejemplo Bretaña, la DREETS remite a un trámite en línea que cita a los aides-soignants.
  • No hay trámite en línea: envía tu expediente en dos ejemplares, por carta certificada con acuse de recibo, a la secretaría de la comisión de aides-soignants de la región. Si la dirección no aparece en la página, pídesela a la DREETS.
Cuidado con la «attestation de conformité». El formulario en línea marca este certificado de conformidad como «obligatoire» (obligatorio), junto con un justificante de domicilio y un cuadro resumen de prácticas. Ninguno de estos tres documentos figura en la lista oficial que fija para tu oficio la orden del 24 de marzo de 2010; el certificado de conformidad sirve sobre todo para el reconocimiento automático, por ejemplo el de los enfermeros responsables de cuidados generales. El contenido y la duración de tus prácticas se siguen acreditando con los certificados de formación que describe la tabla de documentos. No bloquees tu expediente buscando un documento que quizá España no expida para tu oficio: pregunta a la DREETS qué adjuntar en su lugar.

Paso 4 — Vigila el acuse de recibo (1 mes)

En el mes siguiente a la presentación, recibes un acuse de recibo. Si faltan documentos, te lo indica: completa tu expediente cuanto antes. Guarda este documento: el plazo de decisión solo empieza a contar cuando tu expediente está completo.

Paso 5 — Vigila el plazo de 4 meses

Con el expediente completo, cuenta 4 meses. Atención: si al cabo de 4 meses no hay respuesta, tu solicitud se considera denegada. Antes de que termine el plazo, pregunta por tu expediente al servicio que lo recibió (la DREETS o la secretaría de la comisión).

Paso 6 — Si la decisión te impone una medida compensatoria

La comisión compara tu formación con la francesa, teniendo en cuenta tu experiencia profesional. Si hay diferencias importantes, el prefecto puede pedirte:

  • una prueba de aptitud (escrita u oral), que debe realizarse en los seis meses siguientes a la notificación de la decisión; se califica sobre 20 y se aprueba con una media de 10, sin ninguna nota inferior a 8;
  • un período de prácticas de adaptación, en un centro sanitario autorizado por la ARS (agencia regional de salud).

El prefecto puede dejarte elegir entre las dos, imponerte una de ellas o imponerte las dos. La decisión es motivada. Si se te ofrece elegir, tienes dos meses para comunicar tu elección.

Lo que dicen los textos. La autorización la concede el prefecto de la región designada por orden del ministro de Sanidad francés, tras el dictamen de la comisión de aides-soignants (artículo R4391-2 del Código de Salud Pública). Esa orden designa la región en la que tienes intención de establecerte. La orden del 24 de marzo de 2010 prevé el envío del expediente en dos ejemplares, por carta certificada con acuse de recibo, a la secretaría de la comisión. Los trámites en línea que ofrecen algunas DREETS son una práctica de la administración: los textos que hemos consultado no dicen si sustituyen a ese envío, ni si un expediente con todos los documentos de la orden, pero sin los documentos adicionales pedidos en línea, se considera completo.

Los documentos del expediente

El contenido del expediente lo fija la orden del 24 de marzo de 2010:

DocumentoCuándo aportarloQué es y quién lo expide
Formulario de solicitudSiempreFormulario oficial, que debes rellenar por completo. Está anexo a la orden del 24 de marzo de 2010; Légifrance no lo reproduce y remite al Journal officiel n.º 74 del 28 de marzo de 2010 (texto n.º 18): ver el anexo en Légifrance (en francés).
Documento de identidadSiempreFotocopia legible de un documento de identidad que siga siendo válido el día en que presentas el expediente.
Copia de tu títuloSiempreEl título que te permite ejercer como auxiliar de enfermería (aide-soignant) en el país donde lo obtuviste.
Títulos complementariosSolo si los tienesCopia de tus títulos complementarios.
Justificantes de formación continua y experienciaSiempreCualquier documento que demuestre tu formación continua, tu experiencia y las competencias adquiridas ejerciendo. El texto no da una lista. No se pide currículum.
Certificado de ausencia de sancionesSiempre; con menos de un añoDocumento de la autoridad competente del país donde estás establecido que acredita que no has sido sancionado.
Programa detallado de tu formaciónSiempreCertificados de las autoridades que expidieron tu título: nivel de la formación, contenido y horas de las asignaturas curso por curso, contenido y duración de las prácticas. Si no consigues obtenerlos, la secretaría de la comisión puede pedirlos ella misma.
Justificantes de ejercicio en un país que no regula la profesiónSolo si has ejercido en un país que no regula ni la formación ni la profesiónDocumentos que acrediten al menos un año de ejercicio a tiempo completo (o una duración equivalente a tiempo parcial) en ese país durante los últimos diez años (artículo L4391-2, en francés).
Reconocimiento de tu título por un país de la UESolo si tu título procede de fuera de la UE y del EEELa resolución del país de la UE o del EEE que reconoció tu título; además, debes haber ejercido allí 3 años a tiempo completo (o una duración equivalente a tiempo parcial).

Los documentos del expediente distintos del formulario de solicitud y del documento de identidad (título de formación, certificados, documentos sobre la experiencia, declaración de ausencia de sanciones) deben estar redactados en francés o traducidos por un traductor autorizado ante los tribunales franceses o habilitado para intervenir ante las autoridades judiciales o administrativas de un Estado de la UE, del EEE o de Suiza. Una traducción automática en línea no basta.

Plazos: lo que fijan los textos

EtapaPlazo fijado por los textos
Acuse de recibo de la solicitud1 mes
Sin respuesta tras la recepción del expediente completo4 meses de silencio equivalen a una denegación
Prueba de aptitud, si se exigeEn los 6 meses siguientes a la notificación de la decisión

Ningún texto fija el tiempo real de tramitación ni la duración total del proceso: dependen de tu expediente, de una posible medida compensatoria y del tiempo de traducción.

Después de la autorización

Con tu autorización, llevas el título de aide-soignant y trabajas en las mismas condiciones que un aide-soignant titulado en Francia. También puedes usar tu título de origen, en su idioma, indicando el lugar y el centro donde lo obtuviste (artículo L4391-3). El Código de Salud Pública no prevé ningún Ordre para este oficio.

El francés: lo que dicen los textos

La ley exige los conocimientos de francés necesarios para el oficio, con un control proporcionado que se hace una vez reconocida tu cualificación; no fija ningún nivel (artículo L4391-5). El expediente no incluye ningún documento de idioma: pregunta al servicio que tramita tu expediente (la DREETS o la secretaría de la comisión) si se comprobará tu francés y cómo, y trabaja tu francés profesional mientras tanto.

Preguntas frecuentes

¿Mi título de auxiliar de enfermería se reconoce automáticamente en Francia?

No. Necesitas una autorización de ejercicio, concedida caso por caso por el prefecto de la región donde quieres instalarte, tras el dictamen de la comisión de aides-soignants. Con ella, trabajas como un aide-soignant titulado en Francia.

¿De verdad tengo que enviar el expediente por carta certificada?

No necesariamente. Empieza por la página de la DREETS de la región donde quieres instalarte (lista en dreets.gouv.fr): varias DREETS, por ejemplo en Bretaña, remiten a un trámite en línea, y esa es entonces la vía que indican. Los textos, por su parte, prevén el envío en dos ejemplares, por carta certificada con acuse de recibo, a la secretaría de la comisión de aides-soignants (orden del 24 de marzo de 2010): es el procedimiento que debes seguir si tu región no ofrece trámite en línea. Los textos no dicen si el trámite en línea sustituye a ese envío: en caso de duda, pregunta a la DREETS.

¿Qué pasa si no recibo respuesta?

Primero recibes un acuse de recibo en el plazo de un mes. Después, si no tienes respuesta cuatro meses después de que tu expediente esté completo, tu solicitud se considera denegada. Pregunta por tu expediente antes de que termine el plazo.

¿Tengo que aportar un certificado de conformidad, un CV o una carta de motivación?

No: ninguno de estos documentos figura en la lista fijada por la orden del 24 de marzo de 2010. Si el trámite en línea de tu DREETS pide un certificado de conformidad, pregunta a la DREETS qué adjuntar en su lugar.

¿Tendré que hacer una prueba o unas prácticas?

No necesariamente. Solo se exige una medida compensatoria si hay diferencias importantes entre tu formación y la francesa, teniendo en cuenta tu experiencia. El prefecto puede entonces dejarte elegir entre prueba de aptitud y prácticas de adaptación, imponerte una de las dos, o las dos.

¿Puedo trabajar como aide-soignant en Francia mientras se tramita mi expediente?

No para instalarte. La libre prestación de servicios solo permite a quien está establecido en otro país de la UE, por ejemplo en España, venir a trabajar a Francia de forma temporal u ocasional; no sirve para instalarse ni para esperar la autorización. No existe tarjeta profesional europea para este oficio.

¿Qué nivel de francés me piden?

La ley exige los conocimientos de francés necesarios para el oficio, sin fijar un nivel. El control, proporcionado, se hace una vez reconocida tu cualificación. Pregunta al servicio que tramita tu expediente (la DREETS o la secretaría de la comisión) si se comprobará tu francés y cómo.

Fuentes oficiales