¿El conseil départemental (el consejo departamental) del Ordre des médecins, el colegio de médicos francés, le ha denegado la inscripción en su cuadro, o han pasado tres meses desde que recibió su expediente completo sin que le conteste? En ambos casos dispone de 30 días para recurrir ante el conseil régional o interrégional del Ordre (su consejo regional), mediante carta certificada con acuse de recibo. En Francia, ese silencio equivale a una denegación y da derecho al mismo recurso que una denegación por escrito. El conseil régional tiene dos meses para resolver; contra su decisión cabe acudir al Conseil national (consejo nacional del Ordre) y, en última instancia, al Conseil d'État. Ninguno de estos recursos le permite ejercer entretanto, y ninguno pasa por el tribunal administratif.

¿A quién va dirigido este artículo?

A médicos con nacionalidad de un país de la UE o del EEE y con un título de médico obtenido en la UE (en España, por ejemplo), que ya han presentado su solicitud de inscripción ante el conseil départemental del Ordre des médecins del departamento francés donde quieren ejercer. Si aún no ha dado ese paso, empiece por nuestra guía para médicos con título de la UE que quieren ejercer en Francia: allí tiene los documentos, los pasos y los plazos. Este artículo arranca cuando el expediente ya está presentado y algo se tuerce: le llega una citación que no esperaba, recibe una carta de denegación o, simplemente, nadie le dice nada.

Al final tratamos dos situaciones: la denegación de una autorización individual de ejercicio por el Centre national de gestion (CNG), que sigue reglas propias, y el reconocimiento de su cualificación de especialista.

¿El Ordre le ha denegado la inscripción o no le contesta? Suxens ayuda a los médicos españoles a leer la resolución, calcular sus plazos y preparar el recurso. Únase a la lista de espera para médicos →

Antes de la resolución: cómo examina el Ordre su expediente y por qué puede denegarlo

Nada más recibir su solicitud, el presidente del conseil départemental nombra ponente a uno de los miembros del consejo; es quien instruye el expediente y redacta un informe por escrito. El consejo comprueba sus títulos y solicita el boletín n.º 2 del casier judiciaire, el registro de antecedentes penales francés (artículo R4112-2 del Código de Salud Pública francés).

Lo que debe tener claro es que el conseil départemental solo puede denegarle la inscripción por tres motivos:

  • no reunir las condiciones de moralidad e independencia;
  • una falta de competencia profesional acreditada tras un peritaje;
  • una discapacidad o un estado patológico incompatible con el ejercicio, constatado tras un peritaje.

Además, toda denegación tiene que estar motivada, y ninguna puede dictarse sin que antes le hayan invitado, por carta certificada y con al menos quince días de antelación, a comparecer ante el consejo para dar explicaciones. Si le llega esa carta, no la tome a la ligera: significa que el consejo se está planteando denegar. Prepare sus explicaciones y reúna los documentos que respondan a la cuestión planteada.

Un apunte sobre los plazos: cuando el consejo ordena un peritaje sobre su competencia o su salud, puede ampliar el plazo para resolver dos meses como máximo. Comprobar sus títulos, en cambio, no justifica ninguna ampliación.

Sin respuesta: ¿cuándo se convierte el silencio en denegación?

El conseil départemental tiene como máximo tres meses desde la recepción de su expediente completo para resolver (artículo L4112-3). Si deja pasar ese plazo sin contestar, su silencio equivale a una denegación implícita, que puede recurrir exactamente igual que una denegación por escrito (artículo L4112-4).

La clave, por tanto, es saber en qué fecha quedó completo su expediente. Para averiguarla:

  • localice el acuse de recibo de su envío certificado, o la fecha en que lo entregó en mano;
  • tenga en cuenta que el presidente del consejo debe acusar recibo en el plazo de un mes y, en su caso, indicarle qué documentos faltan;
  • si le reclamaron documentos (consulte la lista de documentos para colegiarse en el Ordre des médecins), apunte cuándo los mandó, porque los tres meses se cuentan desde el expediente completo;
  • si se ordenó un peritaje, añada dos meses como máximo.

Sus 30 días para recurrir empiezan a correr el día en que la denegación implícita queda adquirida. Aquí es donde más gente cae: se queda esperando una carta que nunca llega mientras se le agota el plazo. Si no tiene clara la fecha, escriba al conseil départemental para preguntar en qué punto está su expediente, sin esperar a que venza el plazo para actuar.

Denegación recibida: qué debe decir la resolución

La denegación por escrito se le notifica por carta certificada dentro de la semana siguiente a la decisión, y tiene que ir motivada. En la notificación debe constar también que el recurso se presenta ante el conseil régional o interrégional del que depende el conseil départemental, que el plazo es de treinta días y que el recurso no tiene efecto suspensivo (artículo R4112-4). Al ser usted ciudadano de la UE o del EEE, la denegación se comunica además a la autoridad competente de su Estado de origen.

Antes de redactar nada, repase la resolución haciéndose tres preguntas. ¿El motivo es uno de los tres que admite el texto? ¿Le citaron al menos quince días antes de la denegación? ¿La motivación explica de verdad por qué se le deniega? Con esas respuestas tiene la base de su recurso.

Recurrir ante el conseil régional del Ordre, paso a paso

Paso 1 — Identificar el consejo competente

El recurso va dirigido al conseil régional o interrégional del Ordre des médecins del que depende el conseil départemental que le denegó la inscripción. Lo normal es que su nombre aparezca en la notificación. Si lo que hay es un silencio, pregúntelo al conseil départemental.

Paso 2 — Redactar el escrito de recurso

Lo que dicen los textos y lo que no dicen. En los artículos que hemos consultado no hay ningún modelo de escrito ni ninguna lista de documentos que deban acompañar al recurso. Por prudencia, le aconsejamos que haga constar su nombre completo y su dirección, la resolución que recurre (con su fecha o, si se trata de un silencio, con la fecha en que su expediente quedó completo) y los motivos de su desacuerdo, y que adjunte una copia de la resolución junto con los documentos que respondan al motivo de la denegación.

Paso 3 — Enviarlo por correo certificado en 30 días

En su página sobre la inscripción en el cuadro, el Conseil national del Ordre indica que el recurso se presenta por carta certificada con acuse de recibo dentro de los treinta días siguientes a la notificación. Si la denegación es implícita, el plazo se cuenta desde el día en que queda adquirida. Guarde el justificante de envío y el acuse de recibo.

Paso 4 — La sesión ante el conseil régional

El conseil régional nombra un ponente. A usted le citan por carta certificada, que tiene que llegarle como mínimo quince días antes de la sesión. Puede acudir asistido o representado por la persona que elija (artículo R4112-5).

Paso 5 — La resolución del conseil régional

El conseil régional dispone de dos meses desde que recibe su recurso para resolver. Al notificarle su decisión, le indicará que, si quiere seguir adelante, el siguiente recurso se presenta ante el Conseil national en un plazo de treinta días.

La cadena de recursos en una tabla

InstanciaQué examinaPlazo para acudirPlazo para resolverEfecto suspensivo
Conseil départemental del OrdreSu solicitud de inscripción—3 meses desde el expediente completo, más 2 como máximo si hay peritaje; silencio = denegación—
Conseil régional o interrégionalLa denegación, expresa o implícita30 días, por carta certificada con acuse de recibo2 meses desde la recepción del recursoNo
Conseil national del OrdreLa resolución del conseil régional30 días2 meses desde la recepción del recurso (artículo R4112-5, aplicable por remisión del artículo R4112-5-1)No
Conseil d'ÉtatLa resolución del Conseil national2 mesesNo lo fijan los artículos consultadosNo, salvo que el juez disponga otra cosa (Code de justice administrative, art. L4)

Mientras se resuelve el recurso: por qué todavía no puede ejercer

El recurso ante el conseil régional no suspende la denegación, y el que se presenta ante el Conseil national tampoco. A eso se suma que la inscripción en el cuadro es requisito para ejercer la medicina en Francia (artículo L4111-1). Así que, mientras ninguna resolución le inscriba, no puede instalarse ni ejercer la medicina en Francia en virtud de esta solicitud, por mucho que el recurso siga su curso. Si le espera un hospital o una clínica, avíseles cuanto antes y páseles los plazos de la tabla.

Existe, no obstante, un procedimiento de urgencia que se ha admitido en otra profesión inscrita en un Ordre. En 2017, en el caso de una odontóloga cuyo recurso estaba pendiente ante el Conseil national de su Ordre, el juez de medidas urgentes del Conseil d'État (juge des référés) suspendió la denegación de su inscripción (CE, auto de 20 de junio de 2017, n.º 411060). En ese asunto, el juez comprobó que el recurso ya estaba presentado, que había urgencia y una duda seria sobre la legalidad de la denegación, y no ordenó inscribirla. Si su situación es urgente, consulte a un abogado en cuanto reciba la denegación.

Una denegación paraliza todo el proyecto, y muchas veces hay un puesto esperando. Suxens acompaña a los médicos españoles para que no se les escape ningún plazo y tengan preparada la siguiente etapa. Únase a la lista de espera para médicos →

Después del conseil régional: Conseil national y Conseil d'État

Si el conseil régional mantiene la denegación, tiene treinta días para acudir al Conseil national de l'Ordre des médecins; este recurso tampoco tiene efecto suspensivo. El Conseil national resuelve en un plazo de dos meses desde que recibe el recurso, con el mismo procedimiento que ante el conseil régional (ponente, citación con al menos quince días de antelación, asistencia o representación). Lo que resuelva el Conseil national puede, a su vez, recurrirse ante el Conseil d'État en el plazo de dos meses (artículo R4112-5-1).

Hay dos errores que conviene evitar. El primero, acudir al tribunal administratif, que no es la vía prevista cuando se deniega una inscripción en el cuadro. El segundo, querer ir directamente al Conseil d'État contra la decisión del conseil départemental, sin pasar antes por el conseil régional y el Conseil national.

En un asunto resuelto en 2023, el Conseil d'État confirmó la anulación de la inscripción como médico generalista de una médica que invocaba el título italiano de formación médica básica (CE, 13 de abril de 2023, n.º 455187). Lo comentamos en nuestro artículo sobre el médico especialista con título de la UE en Francia.

Desde España: los documentos que describen su situación

La moralidad es uno de los tres motivos de denegación, y varias piezas del expediente francés vienen de su país: un extracto de antecedentes penales o documento equivalente de menos de tres meses, y un certificado de baja expedido por la autoridad en la que estaba inscrito anteriormente o, en su defecto, una declaración jurada de que nunca estuvo inscrito o, en su defecto, un certificado de inscripción en un Estado de la UE o del EEE. Si la denegación gira en torno a este punto, revise los documentos españoles que aportó:

  • el certificado de antecedentes penales: según el Ministerio de Justicia, acredita si existen o no antecedentes en el Registro Central de Penados en la fecha en que se expide, y se puede pedir en línea o de forma presencial y por correo; para el expediente francés, recuerde que debe tener menos de tres meses;
  • el Certificado Electrónico de Idoneidad Profesional, si lo adjuntó a su expediente: el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) lo presenta como uno de los documentos necesarios para trabajar como médico en otros países de la UE; se solicita al Colegio provincial en el que está o estuvo colegiado y, si nunca se colegió, al departamento internacional del CGCOM.

Si no tiene claro qué documento español sirve como certificado de inscripción o de baja, consúltelo con el conseil départemental antes de recurrir.

Lo que este artículo no trata

Una denegación del Centre national de gestion (CNG). Si su título no cumple las condiciones del reconocimiento automático y solicitó al CNG una autorización individual de ejercicio, esa denegación no se recurre ante el conseil régional del Ordre: se lleva a la jurisdicción contencioso-administrativa francesa, en un plazo de dos meses.

Su cualificación de especialista. Este artículo no trata del reconocimiento de su cualificación de especialista, cuyas reglas dependen de su situación: consúltelo con el conseil départemental y lea nuestro artículo sobre el médico especialista con título de la UE en Francia.

Una vez inscrito. Con la inscripción puede ejercer en toda Francia. A partir de ese momento, la cuota del Ordre es obligatoria: su importe lo fija el Conseil national y se abona durante el primer trimestre del año.

Preguntas frecuentes

¿El silencio del Ordre des médecins significa que me han aceptado?

No. Si el conseil départemental no resuelve en los tres meses siguientes a la recepción de su expediente completo (cinco como máximo si hay peritaje), su silencio equivale a una denegación. A partir de ahí tiene treinta días para recurrir ante el conseil régional o interrégional.

¿Cuánto tiempo tengo para recurrir una inscripción denegada?

Treinta días, que se cuentan desde la notificación de la denegación por escrito o desde el día en que la denegación implícita queda adquirida. Según el Conseil national del Ordre, el recurso se presenta por carta certificada con acuse de recibo.

¿Puedo trabajar como médico mientras recurro?

No solo con el recurso: ni el recurso ante el conseil régional ni el recurso ante el Conseil national tienen efecto suspensivo, y la inscripción en el cuadro es requisito para ejercer la medicina en Francia. Si su situación es urgente, consulte a un abogado: en el caso de una odontóloga, el juge des référés del Conseil d'État suspendió una denegación de inscripción mientras el recurso seguía pendiente.

¿Tengo que acudir al tribunal administratif?

No. Una inscripción denegada se recurre primero ante el conseil régional o interrégional del Ordre, después ante el Conseil national y, por último, ante el Conseil d'État.

¿Puedo ir acompañado a la sesión del conseil régional?

Sí. Puede acudir asistido o representado por la persona que elija. La citación tiene que llegarle al menos quince días antes de la sesión.

¿Por qué motivos puede el Ordre denegarme la inscripción?

Solo por tres: no reunir las condiciones de moralidad e independencia, una falta de competencia acreditada tras un peritaje, o una discapacidad o un estado patológico incompatible constatado tras un peritaje. No cabe denegación sin una citación previa con quince días de antelación, y toda denegación debe estar motivada.

El Ordre me cita para dar explicaciones: ¿es una denegación?

Todavía no. Ninguna denegación puede dictarse sin que antes le hayan invitado, por carta certificada y con al menos quince días de antelación, a comparecer ante el consejo para dar explicaciones. Esa citación indica que el consejo se está planteando denegar: prepare sus explicaciones y reúna los documentos que respondan a la cuestión planteada.

Fuentes oficiales