Si es nacional de un país de la UE o del EEE y su título de médico especialista se expidió en España conforme al Derecho europeo y está en la lista francesa, le da derecho a la cualificación de médico especialista en Francia. No tiene que homologar nada ni pedir una autorización previa: usted solicita directamente la inscripción (la colegiación) en el conseil départemental (el consejo departamental) del Ordre des médecins, el colegio de médicos francés. Si sus títulos de base y de especialista no cumplen esas condiciones, pero le permiten ejercer en España, el camino es otro: una autorización individual de ejercicio en su especialidad, que concede el Centre national de gestion (CNG). Y si ya está colegiado en Francia y quiere sumar otra especialidad, entra en juego el reglamento de cualificación de los médicos, que aplica el Ordre. En esta guía repasamos los tres casos y lo que conviene pedir en España. Los documentos y los pasos de la colegiación están en nuestra guía para colegiarse en el Ordre des médecins con un título de la UE.
¿Hay que homologar el título de especialista en Francia? Tres situaciones
Mucha gente busca cómo «homologar la especialidad en Francia». Con un título español conforme y listado, en Francia no hay homologación previa: usted solicita directamente la colegiación, y su especialidad figura en su inscripción. Lo que cuenta es en qué fila de esta tabla se encuentra usted.
| Su situación | Vía | Quién decide | Plazo | Recurso |
|---|---|---|---|---|
| Título de especialista expedido en la UE, conforme y listado (o acompañado de un certificado de conformidad, o cubierto por derechos adquiridos) | Inscripción en el tableau del Ordre; un título listado da derecho a la cualificación de especialista | Conseil départemental del Ordre des médecins | 3 meses desde el expediente completo, ampliables 2 meses como máximo si se ordena un peritaje; el silencio equivale a denegación | Recurso ante el conseil régional o interrégional (el consejo regional, 30 días), luego ante el Conseil national (el consejo nacional, 30 días) y después ante el Conseil d'État (2 meses); sin efecto suspensivo |
| Títulos de base y de especialista de la UE que no cumplen las condiciones, pero le permiten ejercer en el país que los expidió | Autorización individual de ejercicio en la especialidad, con posible medida compensatoria, y después colegiación | Director general del CNG, en nombre del ministro, tras el dictamen de una comisión | Acuse de recibo en 1 mes; sin respuesta 4 meses después del expediente completo = denegación | Recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa en 2 meses |
| Ya está colegiado en Francia y quiere otra cualificación de especialista | Reglamento de cualificación de los médicos | Conseil départemental, tras el dictamen de la commission nationale de première instance (comisión nacional de primera instancia) de la especialidad | No fijado en los textos citados aquí: pregúntelo al conseil départemental | Recurso ante el Conseil national en los 2 meses siguientes a la notificación, tras el dictamen de la commission nationale d'appel (comisión nacional de apelación) |
No confunda las dos primeras filas: la colegiación en el Ordre y la autorización del CNG son procedimientos distintos, con autoridades, plazos y recursos diferentes.
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Título de especialista listado: la vía es la colegiación
Es el caso más habitual. La orden (arrêté) de 13 de julio de 2009 establece que los títulos de médico especialista expedidos en la UE conforme a las obligaciones europeas e incluidos en la lista «dan derecho a la cualificación de médico especialista en Francia». Hoy esa lista es el anexo de la orden de 6 de marzo de 2020.
Por su parte, la Directiva 2005/36/CE (artículo 26) solo reconoce de forma automática las especialidades cuya denominación aparece en el punto 5.1.3 de su anexo V. Su especialidad tiene que figurar allí para España.
En la práctica, siga estos pasos:
- Compruebe que su título está en la lista de la orden de 6 de marzo de 2020, que lo acompaña un certificado de conformidad de la autoridad competente española o que está cubierto por derechos adquiridos.
- Infórmese sobre el certificado de España. El reglamento de cualificación de los médicos (orden de 30 de junio de 2004, artículo 10) dispone que el ciudadano de la UE, al pedir la inscripción, aporte su título de médico especialista junto con un certificado de las autoridades de su país que acredite que cumplió las condiciones de formación europeas. La ley francesa, en cambio, no exige certificado para un título listado. El conseil départemental puede pedírselo: infórmese antes de presentar el expediente.
- Presente la solicitud de colegiación en el conseil départemental del departamento donde quiera fijar su residencia profesional, con los documentos que detalla nuestra guía de colegiación. Los títulos tiene que traducirlos un traductor autorizado ante los tribunales franceses (traducteur agréé) o habilitado para actuar ante las autoridades judiciales o administrativas de un Estado de la UE o del EEE. Si piensa recurrir a un traductor jurado español, pregunte antes al conseil départemental si acepta su traducción (lo explicamos en nuestra guía de traducción jurada).
- Pregunte cómo se registrará su especialidad. Su especialidad figura en su inscripción en el tableau; pregunte al conseil départemental cómo la registra.
Con un título listado y conforme, no tiene que pedir ninguna autorización al CNG. Las comisiones de cualificación, que describimos más abajo, intervienen sobre todo cuando un médico ya colegiado pide otra cualificación; para saber cómo se registrará su especialidad al colegiarse, pregunte al conseil départemental.
Qué pedir en España antes de empezar
Conviene pedir con tiempo en España los documentos que pueda necesitar. Tres merecen su atención:
- El certificado de conformidad, si su título no está en la lista francesa o si el conseil départemental se lo pide. Lo expide la autoridad competente española: antes de presentar la solicitud, pregunte a quién dirigirse.
- El Certificado Electrónico de Idoneidad Profesional del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM). El propio CGCOM lo presenta como uno de los documentos necesarios para trabajar como médico en otro país de la UE. Se pide al Colegio provincial en el que está o estuvo colegiado (si nunca lo estuvo, al departamento internacional del CGCOM). Es gratuito y vale tres meses, así que déjelo para el final.
- Si va por la vía del CNG: los certificados de las autoridades que expidieron sus títulos, con el nivel de la formación y, curso por curso, el detalle y las horas de las enseñanzas y de las prácticas. Si no consigue obtenerlos, la secretaría de la comisión francesa se los pide a España.
Título no conforme: la autorización del CNG en su especialidad
Puede que sus títulos de formación básica y de especialista se expidieran en un Estado de la UE y le permitan ejercer legalmente allí, pero no cumplan las condiciones del reconocimiento automático. En ese caso puede obtener una autorización individual para ejercer en la especialidad de que se trate (artículo L4131-1-1 del Código de Salud Pública francés). La concede el director general del CNG, en nombre del ministro, tras el dictamen de una comisión. Si su formación presenta diferencias sustanciales, se le exigirá una medida compensatoria en la especialidad: un periodo de prácticas de adaptación, una prueba de aptitud o ambas cosas. Esta vía no incluye las pruebas de verificación de conocimientos (EVC).
Un detalle importante: la solicitud la envía usted al CNG. En un asunto juzgado en 2020, el tribunal administrativo de apelación de París señaló que ningún texto obliga al Ordre a transmitirla al CNG.
El expediente del CNG
La orden de 25 de febrero de 2010 fija lo que debe contener: el formulario de su anexo 1 (donde se indica la especialidad); una fotocopia legible de su documento de identidad en vigor; copia del título de formación y del título de especialista; en su caso, copia de los diplomas complementarios; los justificantes de formación continua, experiencia y competencias (certificados de servicios prestados, memoria de actividad, registro quirúrgico…); para funciones ejercidas fuera de Francia, una declaración de la autoridad competente de ese Estado, de menos de un año, que acredite que no tiene sanciones; y los certificados de formación de los que hablamos más arriba.
Los documentos van en francés o traducidos por un traductor autorizado ante los tribunales franceses o habilitado para actuar ante las autoridades judiciales o administrativas de un Estado de la UE o del EEE; el documento de identidad de un ciudadano de la UE no hace falta traducirlo. En su página para médicos, el CNG indica que el expediente se envía de forma electrónica, no por correo postal, y que hay que aportar un título de base y un título de especialista. La orden de 2010 todavía habla de correo certificado: siga lo que diga la página del CNG en el momento de presentar su solicitud.
Una vez obtenida, la orden que le autoriza a ejercer en la especialidad vale como cualificación en esa especialidad. Después solicita la colegiación en el Ordre.
Denegación o silencio del CNG: qué recurso
El CNG acusa recibo en un mes. Si no contesta en los cuatro meses siguientes al expediente completo, la solicitud se entiende denegada. Tanto si la denegación es expresa como si es presunta, puede recurrir ante la jurisdicción contencioso-administrativa en un plazo de dos meses, contados desde la notificación o desde que se produce la denegación presunta. Ojo: estos plazos solo le son oponibles si se le indicaron los plazos y las vías de recurso: en la decisión o, si la denegación es presunta, en el acuse de recibo de su expediente. El camino no es el mismo que ante una denegación de colegiación, que se recurre primero ante el conseil régional del Ordre.
Una denegación o un silencio del CNG no tiene por qué cerrar su proyecto. Suxens le ayuda a entender la decisión y a preparar el paso siguiente. Únase a la lista de espera de médicos →
Ya colegiado en Francia: obtener otra especialidad
El reglamento de cualificación de los médicos (orden de 30 de junio de 2004) está pensado para el médico ya inscrito en el tableau que pide una cualificación, o una distinta de la que se le reconoció al principio. La solicitud se presenta en el conseil départemental del que depende. Este la remite a la commission nationale de première instance de la especialidad, que emite un dictamen motivado, y después decide. Si la deniega, puede recurrir ante el Conseil national del Ordre en los dos meses siguientes a la notificación; el Conseil national resuelve tras el dictamen de la commission nationale d'appel. Puede tener varias cualificaciones, pero solo figura en la lista de una especialidad, la que lleva el conseil départemental.
Casos particulares
Su especialidad no tiene equivalente en Francia o no está en la lista
Si su título no está en la lista pero lo acompaña un certificado de conformidad de la autoridad competente española, su vía es la colegiación descrita más arriba. La Directiva solo reconoce automáticamente las denominaciones del punto 5.1.3 del anexo V. Para las demás formaciones especializadas, remite al sistema general, «únicamente a efectos del reconocimiento de la especialización». El CNG examina las solicitudes de autorización en una especialidad (artículo L4131-1-1): póngase en contacto con él.
Solo tiene el Grado o la Licenciatura en Medicina
El «Título de Graduado/a en Medicina», igual que los títulos de Licenciado en Medicina y Cirugía y de Licenciado en Medicina, aparece en la Directiva entre los títulos de formación médica básica (anexo V, punto 5.1.1). Los textos franceses se limitan a decir que estos títulos dan acceso a las formaciones médicas especializadas. En un asunto de 2023, el Conseil d'État confirmó la anulación de la inscripción como médica generalista de una titular de un solo título de formación básica obtenido en otro Estado miembro. Es una decisión concreta, no una regla general: pregunte al conseil départemental antes de presentar nada. Si su título es antiguo, pregúntele también si está cubierto por los derechos adquiridos.
Títulos obtenidos fuera de la UE y reconocidos después en España
Piense, por ejemplo, en un médico formado en un país latinoamericano cuyos títulos se reconocieron más tarde en España. Si tiene la nacionalidad de un país de la UE, si ese reconocimiento abarca a la vez su título de base y su título de especialista y si ha ejercido tres años en España, el CNG puede concederle una autorización individual en la especialidad, sin EVC. Atención: si en España solo se homologó su título de base y obtuvo después el título de especialista por la vía MIR, los textos franceses que hemos consultado no dicen qué vía le corresponde. Pregunte al CNG antes de presentar nada.
No tiene la nacionalidad de un Estado de la UE o del EEE
El Código de Salud Pública francés abre la colegiación directa (artículo L4131-1) y la autorización del artículo L4131-1-1 a los nacionales de la UE o del EEE. Si tiene otra nacionalidad y un título obtenido en la UE, el CNG puede autorizarle a ejercer en algunos casos (artículo L4111-2, I bis), con una prueba de su nivel de francés: consúltelo antes de presentar nada.
El francés
Para colegiarse, la ley exige un «conocimiento suficiente» del francés, sin fijar ningún nivel (artículo L4112-2). En su página, el CNG solo pide una prueba de francés a quienes no tienen la nacionalidad de un Estado de la UE.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que homologar mi título de especialista español para trabajar en Francia?
No, si es nacional de un país de la UE o del EEE y su título se expidió conforme al Derecho europeo y está en la lista francesa (hoy el anexo de la orden de 6 de marzo de 2020): le da derecho a la cualificación de especialista. Un título no listado acompañado de un certificado de conformidad, o cubierto por derechos adquiridos, también sigue la vía de la colegiación. En todos estos casos, usted solicita directamente la colegiación en el conseil départemental del Ordre des médecins.
¿Quién reconoce mi especialidad si mi título no es conforme?
El director general del Centre national de gestion, en nombre del ministro, tras el dictamen de una comisión (artículo L4131-1-1 del Código de Salud Pública). La solicitud la envía usted mismo; si su formación presenta diferencias sustanciales, se le exigirá un periodo de adaptación, una prueba de aptitud o ambas cosas.
¿Cuánto tarda el CNG en responder?
Acusa recibo en un mes. Si cuatro meses después del expediente completo no ha recibido respuesta, la solicitud se entiende denegada y puede acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa en dos meses.
¿Tengo que pasar por una comisión de cualificación?
Las comisiones nacionales de cualificación intervienen en el reglamento de cualificación, pensado sobre todo para el médico ya colegiado que pide otra cualificación. Con un título de especialista listado y conforme, usted solicita la colegiación en el conseil départemental: pregúntele cómo se registrará su especialidad.
¿Para qué sirve el certificado de idoneidad del CGCOM?
El CGCOM lo presenta como uno de los documentos necesarios para trabajar como médico en otro país de la UE. Es gratuito y vale tres meses. Pregunte al conseil départemental del Ordre qué documento acepta para acreditar su situación profesional en España.
¿Puedo trabajar en Francia solo con el Grado en Medicina, sin especialidad?
Los textos franceses se limitan a decir que el título de formación básica da acceso a las formaciones médicas especializadas. En un asunto de 2023, el Conseil d'État confirmó la anulación de la inscripción como médica generalista de una titular de un solo título de formación básica obtenido en otro Estado miembro. Es una decisión concreta, no una regla general: pregunte al conseil départemental antes de presentar nada. Si su título es antiguo, pregúntele también si está cubierto por los derechos adquiridos.
¿Y si mi especialidad no existe en Francia?
La Directiva 2005/36/CE solo reconoce automáticamente las denominaciones del punto 5.1.3 de su anexo V; para las demás formaciones especializadas, remite al sistema general, únicamente a efectos del reconocimiento de la especialización. El CNG examina las solicitudes de autorización en una especialidad (artículo L4131-1-1): póngase en contacto con él.
Fuentes oficiales
- Código de Salud Pública francés, artículo L4131-1-1 — autorización de ejercicio en la especialidad
- Código de Salud Pública francés, artículo R4111-14 — decisión del CNG y plazos
- Orden de 30 de junio de 2004, reglamento de cualificación de los médicos
- Orden de 25 de febrero de 2010, artículo 2 — expediente de autorización
- Centre national de gestion — autorizaciones de ejercicio de los médicos
- CGCOM — Certificado Electrónico de Idoneidad Profesional
- Directiva 2005/36/CE, versión consolidada — EUR-Lex